Esta política lo que pretende es facilitar el acceso a los puestos de liderazgo político a los miembros de un grupo como son las mujeres que, a pesar de ser algo más de la mitad de la población, están poco representadas en las instituciones. Y que al no estar representados no se tienen en cuenta sus preferencias.
Existen muchas maneras de clasificar las políticas públicas pero la que utilizamos en este caso es la de Lowi, que las clasifica mediante el grado de coerción pública.
Esta coerción se puede ejercer de forma directa (ej: las multas) e indirecta (ej: mediante una campaña de DGT en los medios de comunicación); y sobre los afectados o sobre el entorno.
A partir de estos cuatro criterios de clasificación nos aparecen 4 tipos de políticas. Políticas distributivas, políticas constitutivas, políticas reglamentarias y políticas redistributivas.
Por lo que en este caso, con estos criterios anteriormente explicados, consideraríamos las cuotas de género un tipo de política pública de coerción pública directa y sobre los afectados es decir una política reglamentaria que se aplican directamente sobre la población pero a la vez, hace recaer el peso de la coerción pública sobre los individuos que no respetan las reglas.
Fuente: https://nadaesgratis.es/bagues/10-anos-de-cuotas-de-genero-en-las-listas-electorales
Amalia Olivares de Marcos
(alumna del grado en Ciencias Políticas)